¡INACEPTABLE DEGRADACIÓN DE LA HISTORIA DEL ARTE EN SUS COMPETENCIAS SOBRE PATRIMONIO HISTÓRICO EN EL CONSELL DE MALLORCA (Y, EN DEFINITIVA, EN TODA ESPAÑA)!
A) HECHOS DEGRADANTES
Con fecha de 14 de octubre de 2021 se ha publicado el acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca en el que se procede a una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (la conocida RPT de toda administración pública) del Consell Insular de Mallorca y en la que se incluye la referida a la Estructura del Servicio Técnico de Patrimonio Histórico.
La modificación consiste, por lo que a nosotros nos concierne, en sustituir el organismo que tutelaba de forma general el conjunto del patrimonio histórico en Mallorca, denominado Dirección del Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, para cuya dirección se exigía disponer de la licenciatura de Historia, Historia del Arte o Bellas Artes, por dos servicios diferentes, el de Patrimonio Arquitectónico y el de Patrimonio Arqueológico, Paleontológico, Etnológico, Industrial y Bienes Culturales, a los cuales pueden acceder (para su dirección) sólo los arquitectos para el primero y, para el segundo, los arqueólogos, paleontólogos e historiadores (amen de cualquier otro titulado superior para terminar de minusvalorar este servicio frente al otro). Al margen de este cambio también se modifican levemente las secciones en las que se dividen estos dos servicios.
B) CONSECUENCIAS DE ESTOS HECHOS DEGRANDANTES PARA LA HISTORIA DEL ARTE. ¡LA ARQUITECTURA DEJA DE SER OBJETO ARTÍSTICO Y, POR LO TANTO, NUESTRA COMPETENCIA PROFESIONAL!
Estas consecuencias, como ahora relataremos, son de gran calado para nuestra disciplina, pero antes hay que señalar otra de más trascendencia aún como es el evidente deterioro de la tutela del patrimonio histórico del Consell de Mallorca que va a suponer la supresión del Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, ya que se va a perder la visión global e integral del conjunto de bienes a proteger que daba este servicio, sustituyéndose por políticas sectoriales, fragmentadas y compartimentadas. Esta visión global del patrimonio histórico es la que aporta la Historia del Arte y la que ahora se pierde apartando a nuestra disciplina de las responsabilidades sobre el conjunto del patrimonio histórico de Mallorca.
Aunque pudiera pensarse que la principal consecuencia para la Historia del Arte es que perdemos protagonismo y competencias en la estructura administrativa de la tutela del patrimonio histórico del Consell insular de Mallorca, lo que supone degradar a nuestra disciplina respecto al estatus alcanzado hasta ahora, lo realmente grave para nuestra disciplina es la desaparición de nuestro objeto de estudio, el patrimonio histórico-artístico, y su fragmentación en otros como el patrimonio arquitectónico, el cual pasa a ser competencia exclusiva de los arquitectos. Para los historiadores/as del arte (aunque compartida con arquitectos y otras disciplinas) quedaría reservada tan sólo una plaza de técnico en patrimonio artístico dentro del servicio de bienes culturales, el cual, suponemos, hará referencia a obras de arte muebles (pintura, escultura, etc.).
Esto qué significa: ¿QUÉ LA ARQUITECTURA NO ES ARTE? ¿QUÉ EL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO (el cual no está reconocido como tal por la Ley de Patrimonio Histórico de Illes Balears) NO FORMA PARTE DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO Y, POR TANTO, NO ES COMPETENCIA DE LOS HISTORIADORES/AS DEL ARTE? Competencia obviamente compartida con otras disciplinas como reclama la interdisciplinariedad consustancial a la tutela del patrimonio cultural.
Desde Aproha llevamos tiempo denunciando que nuestro objeto de estudio, el patrimonio histórico-artístico, no está claramente definido en la legislación de patrimonio cultural en nuestro país y que eso está provocando una pérdida de competencias inadmisible, las cuales obviamente las están ocupando otras disciplinas que sí tienen más claramente identificado su objeto de estudio como la Antropología, la Arquitectura o la Arqueología. Y lo sucedido ahora en Baleares no es más que la muestra de lo que está sucediendo en el resto de administraciones públicas autonómicas (especialmente a través de la figura de conservador de patrimonio, tal y como hemos denunciado en otras ocasiones), lo cual ya tiene incluso presencia en las leyes, como sucede con la ley gallega de 2016, donde se diferencia entre patrimonio arquitectónico y el patrimonio artístico; una distinción ésta que supone un inexplicable e inadmisible retroceso del patrimonio cultural a postulados decimonónicos donde los monumentos arquitectónicos se entendían de forma aislada y desvinculados de los bienes muebles que forman parte indisoluble de ellos.
¡Que está haciendo la disciplina de la Historia del Arte para que se esté produciendo la más grave descomposición de nuestro objeto de estudio y, con ello, de nuestras competencias profesionales, sin que se produzca la más mínima preocupación o atención!
Desde luego esa no es la posición ni la actitud de Aproha, desde la que estamos luchando en todos los ámbitos posibles para evitar esta degradación de nuestra disciplina.
POR ESTA RAZÓN, Y EN ESTE CASO, PEDIMOS AL CONSELL INSULAR DE MALLORCA QUE MODIFIQUE LA RPT RECIENTEMENTE APROBADA PARA QUE, AL MENOS, PERMITA A LOS HISTORIADORES/AS DEL ARTE ACCEDER A LOS PUESTOS RELACIONADOS CON LA TUTELA DE LOS BIENES HISTÓRICOS QUE LE COMPETEN COMO DISCIPLINA CIENTÍFICA, EN PARTICULAR LOS INTEGRANTES DEL DENOMINADO PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO.
¡INACEPTABLE DEGRADACIÓN DE LA HISTORIA DEL ARTE EN SUS COMPETENCIAS SOBRE PATRIMONIO HISTÓRICO EN EL CONSELL DE MALLORCA (Y, EN DEFINITIVA, EN TODA ESPAÑA)!
A) HECHOS DEGRADANTES
Con fecha de 14 de octubre de 2021 se ha publicado el acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca en el que se procede a una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (la conocida RPT de toda administración pública) del Consell Insular de Mallorca y en la que se incluye la referida a la Estructura del Servicio Técnico de Patrimonio Histórico.
La modificación consiste, por lo que a nosotros nos concierne, en sustituir el organismo que tutelaba de forma general el conjunto del patrimonio histórico en Mallorca, denominado Dirección del Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, para cuya dirección se exigía disponer de la licenciatura de Historia, Historia del Arte o Bellas Artes, por dos servicios diferentes, el de Patrimonio Arquitectónico y el de Patrimonio Arqueológico, Paleontológico, Etnológico, Industrial y Bienes Culturales, a los cuales pueden acceder (para su dirección) sólo los arquitectos para el primero y, para el segundo, los arqueólogos, paleontólogos e historiadores (amen de cualquier otro titulado superior para terminar de minusvalorar este servicio frente al otro). Al margen de este cambio también se modifican levemente las secciones en las que se dividen estos dos servicios.
B) CONSECUENCIAS DE ESTOS HECHOS DEGRANDANTES PARA LA HISTORIA DEL ARTE. ¡LA ARQUITECTURA DEJA DE SER OBJETO ARTÍSTICO Y, POR LO TANTO, NUESTRA COMPETENCIA PROFESIONAL!
Estas consecuencias, como ahora relataremos, son de gran calado para nuestra disciplina, pero antes hay que señalar otra de más trascendencia aún como es el evidente deterioro de la tutela del patrimonio histórico del Consell de Mallorca que va a suponer la supresión del Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, ya que se va a perder la visión global e integral del conjunto de bienes a proteger que daba este servicio, sustituyéndose por políticas sectoriales, fragmentadas y compartimentadas. Esta visión global del patrimonio histórico es la que aporta la Historia del Arte y la que ahora se pierde apartando a nuestra disciplina de las responsabilidades sobre el conjunto del patrimonio histórico de Mallorca.
Aunque pudiera pensarse que la principal consecuencia para la Historia del Arte es que perdemos protagonismo y competencias en la estructura administrativa de la tutela del patrimonio histórico del Consell insular de Mallorca, lo que supone degradar a nuestra disciplina respecto al estatus alcanzado hasta ahora, lo realmente grave para nuestra disciplina es la desaparición de nuestro objeto de estudio, el patrimonio histórico-artístico, y su fragmentación en otros como el patrimonio arquitectónico, el cual pasa a ser competencia exclusiva de los arquitectos. Para los historiadores/as del arte (aunque compartida con arquitectos y otras disciplinas) quedaría reservada tan sólo una plaza de técnico en patrimonio artístico dentro del servicio de bienes culturales, el cual, suponemos, hará referencia a obras de arte muebles (pintura, escultura, etc.).
Esto qué significa: ¿QUÉ LA ARQUITECTURA NO ES ARTE? ¿QUÉ EL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO (el cual no está reconocido como tal por la Ley de Patrimonio Histórico de Illes Balears) NO FORMA PARTE DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO Y, POR TANTO, NO ES COMPETENCIA DE LOS HISTORIADORES/AS DEL ARTE? Competencia obviamente compartida con otras disciplinas como reclama la interdisciplinariedad consustancial a la tutela del patrimonio cultural.
Desde Aproha llevamos tiempo denunciando que nuestro objeto de estudio, el patrimonio histórico-artístico, no está claramente definido en la legislación de patrimonio cultural en nuestro país y que eso está provocando una pérdida de competencias inadmisible, las cuales obviamente las están ocupando otras disciplinas que sí tienen más claramente identificado su objeto de estudio como la Antropología, la Arquitectura o la Arqueología. Y lo sucedido ahora en Baleares no es más que la muestra de lo que está sucediendo en el resto de administraciones públicas autonómicas (especialmente a través de la figura de conservador de patrimonio, tal y como hemos denunciado en otras ocasiones), lo cual ya tiene incluso presencia en las leyes, como sucede con la ley gallega de 2016, donde se diferencia entre patrimonio arquitectónico y el patrimonio artístico; una distinción ésta que supone un inexplicable e inadmisible retroceso del patrimonio cultural a postulados decimonónicos donde los monumentos arquitectónicos se entendían de forma aislada y desvinculados de los bienes muebles que forman parte indisoluble de ellos.
¡Que está haciendo la disciplina de la Historia del Arte para que se esté produciendo la más grave descomposición de nuestro objeto de estudio y, con ello, de nuestras competencias profesionales, sin que se produzca la más mínima preocupación o atención!
Desde luego esa no es la posición ni la actitud de Aproha, desde la que estamos luchando en todos los ámbitos posibles para evitar esta degradación de nuestra disciplina.
POR ESTA RAZÓN, Y EN ESTE CASO, PEDIMOS AL CONSELL INSULAR DE MALLORCA QUE MODIFIQUE LA RPT RECIENTEMENTE APROBADA PARA QUE, AL MENOS, PERMITA A LOS HISTORIADORES/AS DEL ARTE ACCEDER A LOS PUESTOS RELACIONADOS CON LA TUTELA DE LOS BIENES HISTÓRICOS QUE LE COMPETEN COMO DISCIPLINA CIENTÍFICA, EN PARTICULAR LOS INTEGRANTES DEL DENOMINADO PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO.
Comparte esto: