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Presentamos alegaciones al anteproyecto de ley por el que se modifica la ley 16/1985

APROHA PRESENTA ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN LA LEY 16/1985, DE 25 DE JUNIO, DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOL, Y LA LEY 10/2015, DE 26 DE MAYO, PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL PARA CONSEGUIR UN ADECUADO RECONOCIMIENTO PROFESIONAL DE LOS HISTORIADORES/AS DEL ARTE

Desde el nacimiento de Aproha siempre hemos considerado, siguiendo en este sentido la estela de otras profesiones como la de los arqueólogos, que la mejor forma para conseguir la máxima consideración de nuestra profesión es que exista un reconocimiento expreso de nuestro objeto de estudio y de nuestras competencias profesionales por parte de la legislación de patrimonio cultural, que es el ámbito en el que desarrollamos principalmente nuestra actividad profesional.
Por esta razón, cada vez que se inicia un proceso legislativo sobre una norma que nos atañe directamente presentamos cuantas alegaciones consideramos necesarias para proceder a este reconocimiento profesional. Es el caso del muy relevante Anteproyecto de Ley por la que se modifican la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, al cual, y teniendo en cuenta lo limitado de la modificación propuesta por parte del Ministerio de Cultura, hemos presentado una serie de alegaciones centradas en los siguientes aspectos:
– Inclusión de la difusión, junto con el conocimiento, que es la novedad incorporada en esta modificación, como objetivo general de la ley, lo que permitiría avanzar en la regulación de esta trascendente actividad tutelar.
– Ampliación de la exigencia de profesionalización establecida en este Anteproyecto para los trabajos de conservación, restauración y rehabilitación a los estudios e investigaciones, especialmente los informes histórico-artísticos, en los que de forma imprescindible e ineludible deben basarse estos trabajos de intervención.
– Reconocimiento del valor artístico dentro de la caracterización que se hace del Patrimonio Industrial, lo cual nos parece una carencia muy importante, ya que dejaría sin protección infinidad de bienes muebles e inmuebles relacionados con la actividad industrial.
– Incorporación de un nuevo artículo sobre la difusión del Patrimonio Histórico Español en el que, además de dar cobertura legal a esta imprescindible actividad tutelar, establezca las garantías mínimas para que esta actividad sea desarrollada de forma profesional.

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